El Ayuntamiento de Teror recuerda a través de un Bando Municipal a los vecinos/as, que se recomienda no depositar en la vía pública ningún tipo de residuo que fomente la aparición de problemas de insalubridad, (moscas, ratas, pulgas...), debido a la deposición de los animales domésticos (perros principalmente) o a la alimentación en la vía pública de animales callejeros, como los gatos. También se recuerda que existe una ordenanza municipal al respecto donde se responsabiliza a los propietarios de los animales y subsidiariamente a las personas que los conduzcan o alimenten, que deben responder ante las sanciones por infracciones.
La ordenanza municipal de limpieza viaria en su artículo 12 dice: "Como medida higiénica ineludible, las personas que conduzcan perros u otros animales dentro del término municipal, impedirán que éstos depositen sus deyecciones en cualquier lugar destinado al tránsito de peatones. Para que evacuen dichas deyecciones deberán llevarles a la calzada junto al bordillo, y lo más próximo al imbornal del alcantarillado, zonas terrizas, alcorques de árboles, etc.
En el caso de que las deyecciones queden depositadas en las aceras o cualquier zona peatonal, la persona que conduzca al animal está obligada a su limpieza.
Del incumplimiento serán responsables los propietarios de los animales y subsidiariamente las personas que los conduzcan. Existiendo una tabla de sanciones por infracciones"






























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