La Cotmac ha informado en sentido condicionado, la Revisión Parcial del Plan General de Ordenación (PGO) de Agaete en el ámbito de la AUA-7 y excluyó del procedimiento de Evaluación Ambiental la citada Revisión Parcial, ya que se considera que las afecciones que pudieran originarse por su desarrollo no tienen efectos significativos sobre el medio ambiente y pueden encuadrarse en el artículo 24.4 del Reglamento de Procedimientos.
Los condicionantes del trámite de consulta establecen, entre otras cuestiones, que deberá garantizarse con carácter previo a la tramitación de la Revisión Parcial la obtención del tramo de viario que queda dentro de la AUA-7, a los efectos de resolver problemas de accesibilidad.
Además deberá actualizarse el estudio económico financiero del Plan General, a los efectos de evaluar económicamente la ejecución de las obras de urbanización que comporta esta Revisión Parcial, y deberá aportarse un informe o memoria de sostenibilidad económica de las actuaciones de nueva urbanización que se pretenden mediante esta Revisión de Planeamiento, en el que se ponderará, en particular, el impacto de la actuación en las Haciendas Públicas afectadas por la implantación y el mantenimiento de las infraestructuras necesarias o la puesta en marcha y la prestación de los servicios resultantes, así como la suficiencia y adecuación del suelo destinado a usos productivos.
El objeto de esta Revisión es categorizar como suelo urbano consolidado la parcela ubicada en la calle Guayarmina números 46-48 con una superficie de 334,05 metros cuadrados al contar con los servicios exigidos al efecto, así como mantener la ordenación fijada en el Plan General sobre dicha parcela, esto es, tanto la calle de ocho metros de ancho prevista en el Plan General como el viario de 10 metros en su lindero sur. La superficie total de cesión es de 173,85 metros cuadrados, ordenando el resto con uso residencial ordenanza M3, afectando a una superficie de 160,20 metros cuadrados.
De igual manera, esta Revisión incrementa la superficie destinada a espacios libres en 20 metros cuadrados a resultas del incremento de edificabilidad de la parcela, transformando el uso de la calle adyacente objeto de esta Revisión de viario a peatonal.































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