Gentes e Historia

Elsa Wolff Papke: la mujer que desafió al tribunal franquista desde el exilio y el olvido

El expediente que no pudo alcanzarla: Elsa Wolff Papke y la maquinaria de las Responsabilidades Políticas

Juan Vega Romero Viernes, 18 de Septiembre de 2026 Tiempo de lectura:

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Portada del Expediente n.º 187, Por rebelión, Causa 96 de 1936, con la relación de acusados de Telde. Tribunal Regional de Responsabilidades Políticas de Las Palmas, Archivo Histórico Provincial de Las Palmas.

 

Condenada a muerte. Indultada. Desterrada. Y aun así, perseguida en papel durante siete años por un tribunal que nunca logró encontrarla. Este artículo revela, cómo la maquinaria franquista siguió abriendo carpetas con el nombre de Elsa Wolff Papke mucho después de que su rastro se perdiera para siempre.
 

Lo que un expediente de 366 páginas del Tribunal Regional de Las Palmas cuenta de ella que ningún otro archivo había contado.

 

Cuatro palabras. Eso es lo que quedó escrito en el expediente el 30 de noviembre de 1940, tecleadas en tinta morada con la grafía cansada de la máquina del juzgado, cuando un juez de Las Palmas ordenó que se leyeran los cargos a la acusada Elsa Wolff Papke: que no se hizo. Nadie tuvo que explicar por qué. Elsa ya no estaba en Gran Canaria. Llevaba tiempo desterrada en El Hierro, la isla más remota del archipiélago, y el tribunal que la juzgaba por escrito no tenía forma de ponerla delante de un papel.

 

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De la vida de Elsa Wolff Papke ya se ha escrito bastante: su infancia en Berlín, su llegada a Gran Canaria en 1935, el fusilamiento de su marido Juan del Peso en La Isleta, su destierro en El Hierro, su vida discreta como profesora de idiomas en Tenerife. Agustín Millares Cantero le dedicó un capítulo entero de su libro Incógnitas. Ese relato no lo voy a repetir aquí. Lo que sigue es otra cosa: lo que cuenta de ella un expediente. Trescientas sesenta y seis páginas, tres tomos, en el Archivo Histórico Provincial de Las Palmas: el Rollo 495 del Tribunal Regional de Responsabilidades Políticas.

 

Ese tribunal no juzgaba actos de resistencia armada ni imputaciones militares. Para eso ya estaban los consejos de guerra sumarísimos, que bajo el pretexto de rebelión militar habían condenado a Elsa a muerte en enero de 1937 y fusilado a su marido. El Tribunal Regional de Responsabilidades Políticas, creado por la ley de 9 de febrero de 1939, perseguía otra cosa: el dinero y los derechos civiles de quienes habían apoyado a la República, estuvieran vivos, presos, desterrados o ya fusilados. A la maquinaria le daba igual el pulso de cada cual. Solo le hacía falta una firma en la casilla correspondiente, y si no había firma, servía una ausencia bien documentada.

 

El Rollo 495 se abrió el 26 de noviembre de 1939, más de tres años después del golpe, contra treinta y siete personas de Telde a la vez. Elsa Wolff Papke aparece como el último nombre en casi todas las listas que contiene, quizás porque su apellido no encajaba en el orden alfabético castellano, quizás porque, siendo mujer y extranjera, sencillamente sobraba en la cabecera. Para el nuevo orden franquista, Elsa encarnaba una doble afrenta: no era solo una represaliada política, sino una mujer instruida, extranjera y viuda de un ejecutado que desafiaba el patrón tradicional. Asignarle el adjetivo de excitadora no solo buscaba castigar su ideología, sino penalizar su propia autonomía. Las otras treinta y seis personas eran jornaleros, chóferes, panaderos, un operador de cine, un albañil. La represión franquista, vista desde este expediente, no fue una biografía extraordinaria. Fue un trámite administrativo aplicado en serie a un pueblo entero.

 

La sanción económica no era solo un formulismo. Juan Mejías Ojeda, panadero y luego chófer, tuvo que suplicar al tribunal en 1940 y 1941 que le autorizara a retirar su propio dinero del Banco de España, primero para poder ejercer su oficio, después para comprarse un automóvil con el que trabajar de taxista. Se lo concedieron, pero con una condición: esa cantidad quedaba sujeta al pago de la multa que en su día pudiera imponérsele, una multa que, cuatro años después del golpe, nadie había fijado todavía.

 

El 10 de enero de 1940, el alcalde de Telde remitió al juzgado un informe con el perfil político de cada acusado, uno detrás de otro, en un lenguaje casi idéntico para los treinta y siete: si había sido comunista, si tenía bienes, si tenía familia a su cargo. El de Elsa dice así: excitadora de las masas obreras

 

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Informe de la Alcaldía de Telde, 10 de enero de 1940, sobre Elsa Wolff Papke. Archivo Histórico Provincial de Las Palmas

 

Es la misma fórmula que ya había usado la prensa años antes para señalarla. Pero aquí no es un titular de periódico: es un informe municipal, firmado por una autoridad civil, que la convierte en objeto de sanción económica cinco años después de haber pisado Telde por última vez.

 

Doce días después, Elsa presentó su propia declaración jurada de bienes: no tenía ninguno. El tribunal se la exigía igual que se la exigía a los treinta y seis restantes, incluidos los cuatro que llevaban tres años fusilados. La maquinaria no distinguía entre los vivos, los desterrados y los muertos. A todos les abrió una carpeta.

 

Hay un detalle en este expediente que no aparece en ninguna otra fuente sobre ella. El 5 de marzo de 1940, un testigo de la acusación declaró ante el juzgado en el marco del expediente sobre la conducta de uno de los encausados de Carrizal. En su declaración, este testigo afirmó que, tras incorporarse al Movimiento en los primeros días del golpe, había colaborado en las tareas de persecución contra los afines a la República, deteniendo a la conocida propagandista comunista Elsa Wolff.

 

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Declaración del testigo Francisco Javier Sánchez Ruano, 5 de marzo de 1940. El nombre del acusado al que se refiere se ha cubierto en esta imagen por tener descendencia viva en Carrizal. Archivo Histórico Provincial de Las Palmas

 

Esta declaración no es la fuente de esa identificación, que procede de la Causa 96 de 1936. Es un testimonio adicional, hallado en un expediente distinto y posterior, en el que alguien nombra, con pelos y señales, el momento de la captura de Elsa.

 

Nueve meses después de esa declaración llegamos a la providencia con la que empieza este artículo. El tribunal quiso, por fin, leerle los cargos formalmente a Elsa Wolff Papke. No pudo. Se le había perdido la pista, igual que se le perdería para siempre, treinta y seis años después, en un viaje a Málaga que nadie ha sabido explicar todavía. Pero el expediente no se cerró ahí. Siguió abierto casi tres años más.

 

En abril de 1943, el propio Ayuntamiento de Telde pedía al tribunal una certificación de la sentencia para abrir, a su vez, un expediente de depuración municipal contra uno de los coacusados, el antiguo guardia municipal Manuel Pérez Pelegrín. El mismo papeleo, fotocopiado en otro despacho, sobre las mismas personas, como si el Estado necesitara citarse a sí mismo para creerse su propia sentencia. El 19 de junio de 1943, el juez de instrucción de Telde firmó por fin el auto de sobreseimiento del expediente 187. No pudo notificarlo en persona ni a Elsa ni a los representantes legales de los cuatro ya fusilados. Tuvo que publicarlo por edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, el 9 de julio de 1943, casi siete años después de que la detuvieran. El expediente de depuración de Pérez Pelegrín, sin embargo, ni siquiera se había cerrado con eso: el Ministerio de la Gobernación ordenó reabrirlo en agosto de 1946, y el Ayuntamiento seguía tramitándolo en diciembre de ese año, siete años después de empezar y diez después del golpe.

 

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Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, 9 de julio de 1943: edicto notificando el sobreseimiento del expediente 187, con el nombre de Elsa Wolff entre los inculpados.

 

La sanción económica contra una mujer sin bienes, ausente, perseguida en papel por un tribunal que nunca logró localizarla y que acabó rindiéndose por la vía más burocrática posible que existe, un edicto de letra pequeña, entre otros treinta y seis nombres, en la página de anuncios judiciales de un Boletín Oficial que nadie compraba para enterarse de nada, es quizás el retrato más exacto que existe de lo que fue en realidad la represión franquista para miles de personas: no siempre un fusilamiento con fecha y hora, casi siempre una carpeta que seguía abierta mucho después de que dejara de importarle a nadie, salvo al funcionario que tenía que cerrarla.

 

Aquel funcionario tiene nombre y apellidos: Antonio Crespo Názara, juez de instrucción de Telde, firmó el cierre del expediente 187 el 19 de junio de 1943. De él sabemos con exactitud dónde estaba esa mañana. De Elsa Wolff Papke, las carpetas burocráticas no volvieron a decir nada. El Estado franquista dejó de buscarla en 1943. Que su nombre se siga escribiendo y recordando hoy, ocho décadas después, es la única sentencia que ningún tribunal de la dictadura pudo dictar jamás.

 

Juan Vega Romero

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