Seguridad vial

Cuestión de piel: la DGT endurece la equipación obligatoria para motoristas a partir del 1 de octubre

Las nuevas normas incluyen el uso obligatorio de guantes en carretera, la prohibición del calzado abierto y la exigencia de chaleco reflectante para repartidores, con multas de hasta 200 euros por incumplimiento.

Redacción Viernes, 18 de Septiembre de 2026 Tiempo de lectura:

La reforma del Reglamento General de Circulación entra en su recta final. Con el objetivo de reducir la alta siniestralidad de los colectivos vulnerables en carretera, el próximo mes se imponen nuevas exigencias de seguridad para conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores.

 

A partir del próximo 1 de octubre, subirse a una moto en España exigirá algo más que el clásico casco. La Dirección General de Tráfico (DGT) da luz verde a una serie de modificaciones largamente esperadas dentro del Reglamento General de Circulación. Lo que hasta ahora eran simples recomendaciones de sentido común —y de prudencia elemental— se transforman de golpe en obligaciones legales cuya vulneración acarreará sanciones severas.

 

Las multas por desatender estas nuevas directrices se catalogan como infracción grave, lo que se traduce en un desembolso económico directo de 200 euros.

 

Las tres grandes claves de la normativa

 

Para evitar sobresaltos en los controles de carretera y ciudad, conviene repasar de manera esquemática los cambios fundamentales que entran en vigor:

 

  • Guantes de protección en carretera: Su uso pasa a ser obligatorio —tanto para el conductor como para el acompañante— exclusivamente en vías interurbanas (autovías, autopistas y carreteras secundarias). Por el momento, y a falta de un desarrollo técnico más exhaustivo por orden ministerial, servirán los modelos de protección habituales que ya se comercializan. En ciudad, su uso queda exento de obligatoriedad legal.

  • Adiós definitivo a las sandalias y el calzado abierto: La segunda gran novedad no entiende de geografías. Queda terminantemente prohibido circular con calzado abierto (chanclas, sandalias o similares) que deje el pie desprotegido. La norma de llevar calzado cerrado que cubra por completo el pie se aplicará de forma inflexible tanto en trayectos urbanos como interurbanos.

  • Chaleco reflectante para profesionales ("riders"): Aquellos trabajadores que utilicen motocicletas, ciclomotores o vehículos de movilidad personal (VMP) en labores de reparto o mensajería están obligados a portar un chaleco reflectante de alta visibilidad durante el desarrollo de su actividad laboral.

 

Protección y sentido común: lo que queda fuera

 

Conviene matizar el alcance de la reforma para evitar bulos o confusiones frecuentes. Elementos como los airbags de moto, las chaquetas técnicas con protecciones rígidas o los pantalones específicos continúan sin ser obligatorios por ley para los usuarios particulares, aunque desde los organismos de seguridad vial se insista de forma constante en su recomendación para mitigar lesiones graves en caso de accidente.

 

Asimismo, el uso del casco experimenta un matiz técnico relevante: los dispositivos de protección para usuarios de ciclomotores y motos deben estar estrictamente homologados y no solo certificados, poniendo el foco en la calidad de los materiales de retención.

 

Con estas medidas, Tráfico busca equiparar la seguridad pasiva de los motoristas españoles a los estándares europeos más exigentes, recordando que sobre dos ruedas, la única carrocería es la propia equipación del conductor.

Comentar esta noticia

Normas de participación

Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.

Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.

La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad

Normas de Participación

Política de privacidad

Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.55

Todavía no hay comentarios

Con tu cuenta registrada

Escribe tu correo y te enviaremos un enlace para que escribas una nueva contraseña.