El pueblo de los dos alcaldes

La rebelión que ningún juez pudo castigar 

Juan Vega Romero Martes, 30 de Junio de 2026 Tiempo de lectura:

La reata de doce camellos levantó polvo al entrar en la plaza del Rosario aquella mañana de 1708. Los vecinos de Agüimes los vieron llegar desde sus casas y comprendieron enseguida a qué venían: trigo. El trigo comunal guardado en la Cilla, el almacén colectivo situado donde hoy se encuentra un bar muy popular en Agüimes, era el que habían sembrado, cosechado y reservado para pasar el invierno. 
 
El obispo Juan Ruiz Simón había ordenado la requisa. Aquejado de deudas, debía al Papa los 2.800 ducados que le había costado el cargo y, asociado con el hacendado Francisco de Amoreto para comerciar con grano en Tenerife, pretendía incautar el depósito comunal a cuenta del diezmo que los vecinos habrían de pagar en la siguiente cosecha. Sus hombres llegaron con sacos vacíos y órdenes precisas. Pero cuando empezaron a cargar los primeros sacos, la escena cambió. 
Los vecinos salieron a la plaza con lo que tenían a mano: azadas, palos, hoces, aperos de labranza convertidos en defensa improvisada. Y se plantaron delante de los camellos. 
 
—Este trigo no sale de aquí. Y no salió. 
 
El trigo no salió de allí. Y, a la vista de los documentos, tampoco salió la responsabilidad. 
 
Cuando se abrió la investigación judicial, el proceso no consiguió identificar a los autores materiales de la resistencia. Decenas de vecinos fueron interrogados y ninguno aportó una versión útil para el tribunal. Todos declararon, en esencia, que no estaban allí o que no recordaban nada relevante. El alcalde ordinario Antonio Benítez de Rojas y Guzmán, nombrado por el propio obispo, tampoco impulsó la averiguación. El caso quedó sin culpables. 
 
La pregunta es inevitable: ¿cómo se llega a una situación así? ¿Cómo un pueblo entero, incluido el representante legal del poder episcopal, responde con silencio ante una orden de su señor? Para entenderlo hay que retroceder más de dos siglos. Y empezar por una firma en Sevilla. 
 
Un señorío singular 
 
El 10 de abril de 1491, los Reyes Católicos firmaron la carta de merced y privilegio mientras el beneficiario nominal llevaba ya seis meses muerto. Fray Miguel López de la Serna, obispo de Canarias, había fallecido antes de recibir el favor real. A la burocracia de la época eso no le impidió seguir adelante. 
 
La concesión era generosa: el valle situado entre los barrancos de Guayadeque y Draguillo pasaba a manos del obispado, con tierras, vasallos y rentas. La diócesis era tan pobre que sus prelados pasaban penurias, y la Corona decidió aliviar su situación entregándole un señorío. Pero el arreglo incluía una peculiaridad decisiva: el obispo nombraría un alcalde ordinario para los asuntos civiles, herencias, deudas, linderos y la Corona designaría un alcalde real para los asuntos criminales, robos con violencia, homicidios, alteraciones del orden. 
 
Dos alcaldes. Dos varas de justicia. Dos poderes sobre el mismo territorio. 
 
En teoría, el sistema era sencillo. En la práctica, la frontera entre lo civil y lo criminal rara vez era nítida. Y esa ambigüedad terminaría marcando durante siglos la vida política y social del lugar. 
Conviene precisar, además, que el Señorío Episcopal de Agüimes abarcó también el territorio que hoy pertenece al municipio de Ingenio. Durante 325 años, ambos núcleos compartieron jurisdicción, alcaldes y conflictos bajo ese mismo paraguas episcopal. No fue hasta 1816 cuando Ingenio se separó y constituyó su propia jurisdicción. 
 
Bartolomé de Tobilleja 
 
En 1544, un vecino del ingenio azucarero llamado Bartolomé de Tobilleja fue nombrado alcalde real. Su función era juzgar delitos criminales, perseguir ladrones y sentenciar casos de violencia. En 1554 volvió a ocupar el cargo. También en 1560 y en 1562. Cuatro nombramientos como alcalde real a lo largo de casi dos décadas. 
 
En 1569 fue designado, además, alcalde ordinario. 
 
La alternancia entre ambos cargos no era un detalle menor. El mismo hombre ejercía una y otra vara de justicia en un espacio donde las competencias no siempre estaban claras. Tobilleja era, además, un propietario acomodado en el señorío. Los documentos lo sitúan junto a su mujer Felipa López en la zona del Ingenio, con bienes y tierras, y con suficiente peso social como para haber sido llamado repetidamente a uno u otro puesto. 
 
Sabemos también que, al casar a su hija Úrsula, recibió una dote que incluía esclavos, algo habitual en una economía azucarera dependiente del trabajo forzado. Los pleitos derivados de esas dotes, sobre propiedad, valor o condición jurídica de las personas esclavizadas, eran precisamente el tipo de asuntos que ponían a prueba los límites entre jurisdicción civil y criminal.
 
No es difícil imaginar la dificultad práctica: ¿podía Tobilleja resolver como alcalde ordinario un conflicto sobre una persona esclavizada si había mediado violencia? ¿O debía remitirlo al alcalde real? ¿Y qué ocurría si él mismo tenía intereses en el pleito? 
 
Cinco mandatos, dos varas y un sistema ambiguo obligaban a navegar esa frontera caso por caso. 
 
Fronteras en disputa 
 
El obispo Diego de Muros llegó a Canarias en 1496. Era un humanista, un hombre culto y residente permanente en las islas, algo poco frecuente entre los prelados de la época, muchos de los cuales cobraban rentas desde la península sin pisar su diócesis. Muros no era de ese tipo, y cuando se discutieron los límites de su señorío, llevó el conflicto hasta sus últimas consecuencias.
 
El 23 de diciembre de 1516, el Consejo de Castilla dictó sentencia: el señorío de Agüimes quedaba delimitado por mojones visibles que lo separaban del resto de Gran Canaria. Hubo que marcar la frontera con piedras, como si se tratara de dos territorios distintos. 
 
Pero ni siquiera eso bastó para evitar disputas posteriores. Durante tres siglos, cada vez que un delincuente huía del señorío al realengo, o cada vez que un pleito afectaba a vecinos de ambos territorios, reaparecía la misma pregunta: ¿quién manda aquí? 
 
Y esa pregunta no siempre tenía una respuesta limpia. 
 
El Capitán Juárez 
 
Juan Juárez Alvarado nació en El Ingenio el 14 de enero de 1759. Hijo de Manuel Juárez y María Dávila, alcanzó la vida pública con el grado de oficial de milicias, de ahí el apodo que lo acompañaría siempre: el Capitán Juárez. 
 
En 1789 fue nombrado alcalde real. En 1794, volvió a serlo. Y entre 1796 y 1804 ejerció durante ocho años consecutivos como alcalde ordinario. Pasó, por tanto, dieciséis años en esa zona de frontera institucional donde las competencias se confundían con frecuencia. 
 
Los casos que debía resolver no eran los grandes crímenes, que resultaban más claros, sino los asuntos grises: una deuda que acababa en empujones, un lindero disputado que derivaba en golpes, una herencia convertida en amenazas. En esos casos, la separación entre lo civil y lo criminal dependía de matices que la legislación no siempre definía con precisión. 
 
Juárez Alvarado también firmó en 1804 el acuerdo del Ayuntamiento de Agüimes para organizar rogativas públicas ante la sequía que afectaba al señorío. El mismo hombre que resolvía pleitos civiles coordinaba al mismo tiempo una respuesta religiosa y comunitaria. Esa mezcla de funciones ayuda a entender cómo se gobernaba en aquel contexto.
 
Los Espino 
 
En 1785, José Espino Estupiñán, conocido como el Capitán Espino, fue nombrado alcalde real. Era propietario de tierras y de agua, y una figura de peso en El Ingenio. Su nombramiento inauguró una continuidad familiar que se prolongaría durante generaciones. 
 
Su hijo, Diego Espino, fue alcalde real en 1819, cuando el sistema estaba ya formalmente abolido pero seguía funcionando en la práctica. Y su nieto, José Espino Suárez, llegó a ser alcalde constitucional de Ingenio entre 1873 y 1883. Casado con Lucía Gil Sánchez, primera maestra titulada del municipio, presidió además la Heredad de Aguas de Aguatona. 
 
Tres generaciones. Casi un siglo de presencia continuada en la vida pública local. 
 
Esa continuidad no responde solo a vínculos familiares, sino también a una lógica política aprendida durante décadas: en ese mundo, durar dependía menos de tener razón que de saber leer el momento. 
 
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1708 como antecedente
 

Volvamos a la plaza del Rosario. A los doce camellos. Al trigo comunal. 

 

Lo ocurrido aquel día no fue únicamente una reacción puntual. Fue también el resultado de una larga acumulación de ambigüedades jurisdiccionales y tensiones de poder. El sistema había enseñado a los vecinos de Agüimes e Ingenio que ninguno de sus dos señores los protegía del todo. Y, por tanto, que a veces debían protegerse por sí mismos. 

 

El alcalde ordinario Antonio Benítez de Rojas y Guzmán, nombrado por el obispo, no identificó a los cabecillas ni ayudó a esclarecer los hechos. Cuando el juez interrogó a los vecinos, la respuesta fue prácticamente idéntica: no vieron nada, no saben nada, no estaban allí. Hubo decenas de declaraciones y ninguna versión concluyente. El caso se cerró sin culpables. 

 

Diez años después, entre 1718 y 1719, el mismo pueblo protagonizó el llamado Motín de Agüimes, una revuelta agraria de mayor escala que llegó al Consejo de Castilla y terminó con la victoria de los vecinos. El historiador Vicente J. Suárez Grimón localizó en el Archivo Histórico Nacional un documento fechado el 21 de enero de 1719 en el que Francisco de Amoreto acudía ante un escribano en Las Palmas para certificar lo sucedido una década antes. Quería demostrar que aquellos vecinos ya tenían antecedentes. 

 

Tenía razón en un sentido. Pero no en el que él pretendía. 

 

El final del sistema 

 

En 1805, alguien en Madrid decidió que el experimento de los dos alcaldes había durado demasiado. A partir de ese año, el alcalde del señorío de Agüimes pasó a ser simultáneamente alcalde real y juez ordinario. Una sola vara. Una sola competencia. 

 

José Ramírez Suárez fue el primero en estrenar ese sistema. Había sido alcalde real en 1795 bajo el régimen anterior. En 1812 volvió a ejercer como alcalde real y juez ordinario al mismo tiempo. Y en 1816, cuando Ingenio se segregó de Agüimes y constituyó su propia jurisdicción, fue su primer alcalde.
 

Ese mismo año recibió una notificación de la Real Audiencia de Canarias: multa de cuarenta ducados por informalidad y tolerancia en una causa sobre una reyerta en la que un vecino de Telde hirió mortalmente a otro de Ingenio. El expediente se prolongó durante años y varios alcaldes posteriores tuvieron que rendir informes. La sanción acabó recayendo en el primero. 

 

Ramírez Suárez inauguró la era del alcalde único. Pero algo en su formación bajo el viejo sistema lo había entrenado para la duda, para la consulta, para el “no sé si esto me corresponde”. Ese reflejo, tan útil durante tres siglos, le salió caro en el nuevo. Lo pagó con cuarenta ducados.
 

Un final imperfecto 

 

El Decreto de las Cortes de Cádiz del 6 de agosto de 1811 abolió los señoríos de España. Formalmente, el Señorío Episcopal de Agüimes dejó de existir aquel día. En la práctica, el obispo siguió cobrando rentas hasta 1837. La Cámara Episcopal continuó operando y el dominio territorial no desapareció de inmediato. 

 

Pero algo sí había cambiado de forma irreversible. En 1816, Ingenio se separó de Agüimes. Ya no hubo dos alcaldes ni dos poderes que se disputaran el mismo espacio. El pueblo que durante 325 años había vivido bajo jurisdicciones entrelazadas pasó a tener una sola autoridad local. 

 

Lo que dejó el sistema 

 

Más de dos siglos después, cuesta imaginar cómo pudo sostenerse durante tanto tiempo un sistema así. Dos alcaldes con competencias difusas. Dos poderes en tensión. Dos jurisdicciones sobre un mismo territorio. 

 

Sin embargo, el sistema funcionó, aunque fuera con fricciones constantes. Y dejó una lección política y social muy clara: cuando el poder no se reparte con nitidez, quienes viven bajo él aprenden a moverse en la ambigüedad. 

 

Bartolomé de Tobilleja sirvió cinco mandatos alternando entre ambos cargos. El Capitán Juárez pasó dieciséis años trazando a ojo la frontera entre lo civil y lo criminal. Los Espino consolidaron durante décadas una presencia pública que atravesó generaciones. Y José Ramírez Suárez inauguró la era del alcalde único cargando todavía con los hábitos heredados del viejo sistema. 

 

En 1708, cuando el obispo Ruiz Simón ordenó llevarse el trigo comunal para venderlo en Tenerife, el pueblo de Agüimes respondió con la lección que siglos de ambigüedad le habían enseñado: si dos señores no protegen del todo, la comunidad acaba protegiéndose a sí misma. 

 

Los doce camellos volvieron a Las Palmas vacíos. El trigo se quedó en la Cilla. Y cuando llegó la justicia a preguntar quién había impedido la requisa, el proceso no encontró una respuesta concluyente. 

 

No necesariamente porque no hubiera culpables. Sino porque, en aquel mundo, el silencio también era una forma de defensa. 

 

Y el alcalde ordinario Antonio Benítez de Rojas y Guzmán, nombrado por el obispo, eligió ese día estar con su pueblo. No con su señor. 

 

Tardaron 325 años. 

 

El pueblo de Agüimes tardó una mañana. 

 

Este texto se basa en documentación histórica verificable sobre el Señorío Episcopal de Agüimes y la historia administrativa de Ingenio. Las fechas, nombres de alcaldes, conflictos jurisdiccionales y hechos principales están sustentados en archivos y bibliografía especializada. El episodio de 1708 fue recuperado por el historiador Vicente J. Suárez Grimón a partir de documentación localizada en el Archivo Histórico Nacional. Los pasajes narrativos y algunas escenas descriptivas son recreaciones verosímiles basadas en hechos documentados y se presentan como tales.

 

Juan Vega Romero

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