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Lo ocurrido con Primero Canarias Municipalistas no es un simple episodio jurídico: es un síntoma preocupante de cómo algunos actores políticos siguen intentando bordear las reglas del juego democrático cuando no les favorecen. Y, esta vez, la justicia ha sido clara.
El auto del Juzgado de Primera Instancia nº4 de Las Palmas de Gran Canaria desmonta sin rodeos la maniobra impulsada por el Bloque Nacionalista Rural (BNR) y un concejal de San Bartolomé de Tirajana. Pretendían suspender el acuerdo de Nueva Canarias–Frente Amplio (NC-FAC), adoptado bajo la presidencia de Román Rodríguez, que calificaba como tránsfugas a quienes abandonaron el partido. No lo han conseguido. Y no lo han conseguido porque su planteamiento hace aguas tanto en lo jurídico como en lo político.
Conviene decirlo sin ambages: abandonar el partido que te llevó en una lista electoral para reubicarse en otro espacio, aunque sea dentro de la misma coalición, no es una jugada legítima de “reajuste político”. Es transfuguismo. Y el Pacto Antitransfuguismo lo define con meridiana claridad. Pretender lo contrario es forzar el lenguaje y, peor aún, tratar de engañar a la ciudadanía.
El intento de los demandantes de sostener que no han abandonado la coalición sino solo una de sus patas no resiste un análisis serio. Es una coartada formal para justificar una decisión política que altera la representación salida de las urnas. La magistrada lo deja entrever con contundencia al apuntar incluso a una posible “transgresión y fraude de ley”. No es una expresión menor.
Pero hay algo aún más revelador: la debilidad del propio recurso. No acreditar el consentimiento del partido de origen ni aportar documentación básica, como los estatutos, no es un simple descuido procesal; es la evidencia de que no hay base sólida sobre la que sostener el relato. Cuando ni el derecho acompaña, el discurso político queda al descubierto.
Este caso debería servir para algo más que cerrar un litigio concreto. Debería abrir un debate serio sobre la degradación de la vida política local cuando se normalizan prácticas que traicionan el mandato electoral. Porque el problema no es solo legal; es ético. Y ahí la sentencia, aunque no lo diga explícitamente, es aún más elocuente.
La figura del concejal no adscrito no es un castigo arbitrario, sino una consecuencia lógica: quien rompe con el proyecto político que lo llevó a la institución no puede seguir disfrutando de sus beneficios como si nada hubiera ocurrido. Mantener voz y voto es una garantía democrática; conservar privilegios, no.
En definitiva, este fallo no solo desestima unas medidas cautelares: lanza un mensaje nítido. No todo vale en política. Y cuando algunos intentan retorcer las normas para su conveniencia, todavía queda un dique: el Estado de derecho.
Porque el transfuguismo no es una estrategia política: es una deslealtad democrática que merece reproche, no amparo.
Guayarmina Guanarteme
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