
Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias impulsada por FeSMC-UGT Canarias reconoce el derecho de las personas trabajadoras a recuperar los festivos cuando coincidan con su descanso semanal
Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, impulsada por FeSMC-UGT Canarias y defendida por su gabinete jurídico a través del letrado Miguel Díaz Sánchez, reconoce el derecho de las personas trabajadoras a disfrutar de los festivos laborales sin que estos queden absorbidos por su descanso semanal.
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha estimado la demanda presentada por la Federación de Servicios, Movilidad y Consumo de UGT Canarias (FeSMC-UGT) en un conflicto colectivo frente a una importante cadena de alimentación, reconociendo el derecho de las personas trabajadoras a recuperar los festivos que coincidan con su descanso semanal.
La sentencia, dictada el 26 de febrero de 2026 por la Sala de lo Social del TSJ de Canarias, declara no ajustada a derecho la práctica empresarial de no compensar el solapamiento entre el descanso semanal y los festivos laborales, obligando a que dichos festivos se compensen para garantizar su disfrute efectivo.
El procedimiento ha sido impulsado por FeSMC-UGT Canarias a través de su gabinete jurídico, siendo defendido ante el Tribunal por el abogado Miguel Díaz Sánchez, quien ha dirigido la estrategia jurídica del conflicto colectivo.
El caso analizado refleja una realidad habitual en el sector del comercio y de la alimentación, donde la actividad se desarrolla de lunes a domingo y mediante sistemas de turnos, lo que provoca que en ocasiones el descanso semanal coincida con alguno de los 14 festivos laborales anuales, perdiéndose en la práctica el disfrute efectivo de ese día festivo.
El Tribunal concluye que esta práctica no se ajusta a derecho y reconoce que las personas trabajadoras tienen derecho a disfrutar del festivo sin que coincida con su descanso semanal habitual, independientemente de que trabajen con turnos fijos o rotativos.
La resolución se apoya además en la doctrina reciente del Tribunal Supremo (sentencia de 30 de abril de 2025), que establece que cuando un festivo coincide con el descanso semanal debe concederse un día adicional de descanso, garantizando así que todas las personas trabajadoras disfruten del mismo número de días de descanso a lo largo del año.
El comercio y las pequeñas y medianas empresas constituyen uno de los pilares del tejido económico de Canarias. Según datos del Instituto Canario de Estadística (ISTAC), en el archipiélago existen más de 60.000 empresas inscritas en la Seguridad Social, siendo la gran mayoría pequeñas y medianas empresas vinculadas al sector servicios y al comercio. Este tejido empresarial genera una parte muy relevante del empleo en las islas y, en muchos casos, desarrolla su actividad mediante sistemas de turnos y con apertura de lunes a domingo, especialmente en el ámbito de la alimentación y la distribución comercial.
“Esta sentencia deja claro que los festivos no pueden desaparecer por coincidir con el descanso semanal. Si se produce ese solapamiento, debe existir una compensación que garantice el derecho efectivo al descanso”, explica el abogado Miguel Díaz Sánchez.
Desde FeSMC-UGT Canarias se valora esta resolución como un avance importante en la defensa del derecho al descanso efectivo de las personas trabajadoras, especialmente en el sector del comercio en Canarias.
UGT considera que esta sentencia puede marcar un precedente relevante para el conjunto del sector, reforzando la protección del derecho al descanso y abriendo la puerta a que esta cuestión se aborde también en la negociación de futuros convenios colectivos.






























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