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Una nueva sentencia da la razón a Juntos por Guía y declara la nulidad de los sueldos del “pleno exprés” que convocó el actual grupo de gobierno de Guía

Juntos por Guía subraya que la sentencia aprecia vulneración del artículo 23 de la Constitución y condena en costas al Ayuntamiento

Redacción Lunes, 09 de Febrero de 2026 Tiempo de lectura:
Ciudad de la JusticiaCiudad de la Justicia

La Justicia ha estimado el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Juntos por Guía y ha declarado la nulidad del acuerdo referido a los sueldos de los cargos de la Corporación con dedicación exclusiva y parcial.

 

La sentencia, dictada el 28 de enero de 2026 por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Las Palmas de Gran Canaria, concluye que, aunque el Pleno ratificó formalmente la urgencia, no quedó debidamente justificada la urgencia material para incluir y aprobar un asunto tan sensible como las retribuciones en una convocatoria realizada con plazo inferior a 24 horas.

 

En el fundamento jurídico, el Juzgado diferencia entre cuestiones organizativas que sí pueden requerir inmediatez tras un cambio de gobierno (estructura de concejalías, delegaciones o periodicidad de órganos) y, en cambio, el régimen económico y retributivo, que exige “un análisis detenido” y estudio previo suficiente por parte de los concejales. Por ello, la resolución considera que esta tramitación impidió el adecuado ejercicio de las funciones representativas y supone una vulneración del derecho fundamental del artículo 23 de la Constitución Española.

 

Juntos por Guía recalca que esta sentencia “pone negro sobre blanco lo que venimos denunciando: no se puede gobernar a golpe de urgencias para despachar decisiones que afectan al bolsillo de todos los vecinos y a la credibilidad de la institución”. La formación insiste en que la transparencia y la participación política “no son un trámite”, sino garantías democráticas que deben respetarse escrupulosamente.

 

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