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El gran desafío de la RSC: ¿Filantropía o diligencia debida?

El caso de la planta de biogás en La Atalaya expone las diferencias entre el discurso filantrópico y la verdadera responsabilidad social, poniendo en tela de juicio el cumplimiento efectivo de los compromisos empresariales con la comunidad y el entorno.

Plataforma Stop Planta Biogas La Atalaya 1 Domingo, 30 de Noviembre de 2025 Tiempo de lectura:

La reciente entrevista a Laura Santiago, Directora Ejecutiva del Grupo Félix Santiago Melián (FSM), publicada en el periódico La Provincia, señala un compromiso social que debe ser contrastado con los hechos. El proyecto de la planta de biogás en La Atalaya se convierte, precisamente, en el epicentro de esta disputa y nos ofrece una lección crucial sobre la diferencia entre la imagen pública de una empresa y su responsabilidad real con el entorno y la sociedad.

 

1. El Discurso Atractivo: La Trampa de la Filantropía

 

Cuando hablamos de Responsabilidad Social Corporativa (RSC), muchas empresas confunden su verdadero significado con la Filantropía.

 

El discurso de FSM sobre su compromiso social, que se materializa en el apoyo al deporte, los patrocinios y las iniciativas comunitarias, es un claro ejemplo de Filantropía o marketing social. Este tipo de acciones (donar dinero, financiar eventos) tiene como objetivo principal mejorar la imagen o la reputación de la empresa, y son bienvenidas.

 

Sin embargo, en el siglo XXI, la RSC real significa algo distinto. La verdadera responsabilidad no se demuestra patrocinando un equipo de balonmano; se demuestra evitando causar daño a miles de personas en un barrio densamente poblado.

 

2. El Mandato Obligatorio: La Diligencia Debida (Due Diligence)

 

La normativa actual (tanto europea como española) establece que la esencia de la RSC es la Diligencia Debida Empresarial. Esta no es una opción de marketing, sino una obligación ética y legal que requiere que las empresas sean proactivas.

 

La Diligencia Debida obliga a las empresas a gestionar activamente los impactos negativos que genera su propia actividad. Este proceso requiere que la empresa cumpla con cuatro pasos esenciales:

 

  • Detectar y Evaluar: La empresa debe identificar y analizar todos los riesgos que sus proyectos pueden generar sobre las personas, el medio ambiente y los derechos humanos.
  • Consultar y Dialogar: Debe establecer una comunicación temprana, transparente y significativa con las comunidades que podrían verse afectadas.
  • Evitar o Mitigar: Es obligatorio tomar medidas para eliminar o reducir los impactos negativos antes de que se produzcan.
  • Modificar o Cancelar: Si el proyecto genera riesgos graves que no pueden ser evitados razonablemente (por ejemplo, por la ubicación), la empresa está obligada a reformular el proyecto o buscar otra ubicación.

 

El Gran Engaño: ODS sin Diligencia Debida

 

Es muy común hoy en día que las empresas, como FSM, afirmen en sus webs que respetan y cumplen con todos los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS). Sin embargo, estas declaraciones se convierten en mero marketing social si la empresa ignora su obligación fundamental: la Diligencia Debida Empresarial.

 

Los ODS no son una lista de deseos; son metas globales que solo se alcanzan si las empresas gestionan el impacto real de sus proyectos. La Diligencia Debida es, precisamente, la metodología exigida por Naciones Unidas para evitar esta incoherencia. Es el puente que conecta la retórica de los ODS con la realidad operativa de la empresa. Decir que se apoya el ODS 3 (Salud y Bienestar) mientras se impulsa un proyecto con riesgo para una población de más de 4000 personas es es una contradicción insostenible. Mientras la empresa no aplique los pasos de la Diligencia Debida (escucha, prevención y reubicación del riesgo), su afirmación de cumplir con los ODS carece de valor y se reduce a una simple herramienta de imagen.

 

3. El Conflicto Evidente: La Contradicción en La Atalaya

 

El caso FSM choca de frente con el deber de Diligencia Debida en el proyecto de La Atalaya.

 

FSM quiere construir una planta de biogás a menos de 500 metros de un barrio densamente poblado y afectando directamente a más de 4.000 habitantes, de Guía y de Gáldar.

 

La empresa sabe, o debería saber, que la ubicación genera múltiples riesgos relevantes:

 

  • Riesgos Ambientales y para la Salud: Peligro por las emisiones, los olores y las posibles filtraciones que pueden afectar a la salud de la comunidad.
  • Riesgos Sociales: Pérdida de calidad de vida y aumento del conflicto vecinal debido al continuo tráfico de camiones cargados de residuos.
  • Riesgos por Accidentes: ya enumerados en un artículo anterior.

 

Una empresa verdaderamente responsable habría aplicado la Diligencia Debida, lo que habría significado:

 

  • Reconocer la proximidad del núcleo poblacional y el vertedero como un factor excluyente.
  • Escuchar a la comunidad con mecanismos reales.
  • Reformular el proyecto o buscar otra ubicación donde no se comprometa la salud y el bienestar.

 

Nada de eso ha ocurrido. El memorial de natación y la retórica de compromiso no pueden usarse como un escudo para neutralizar el daño potencial de una decisión de negocio.

 

La planta de biogás en La Atalaya es, precisamente, la prueba que evidencia la contradicción entre el marketing social y la responsabilidad real. El compromiso social no se declara: se demuestra evitando los impactos negativos. Y en esa prueba, FSM —hasta hoy— no ha aprobado.

 

Plataforma Stop Planta Biogas La Atalaya

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