El Supremo ha anulado una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) que adolece de “gruesos defectos” formales y de motivación y contiene un relato de hechos probados “indefinido, mal estructurado y contradictorio”. La resolución judicial ahora tumbada por el alto tribunal español había reducido de catorce a seis años y medio de cárcel la pena impuesta en primera instancia a un hombre que acuchilló en once ocasiones a su expareja, al entender la Sala de lo Civil y lo Penal del TSJC que los hechos no eran constitutivos de un delito de asesinato en grado de tentativa, sino de lesiones consumadas. Bien anulada la sentencia, porque por lo visto el tribunal canario estaba en belén con los pastores a la hora de juzgar el caso.
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