Universidad

La ULPGC celebra un claustro extraordinario para votar la propuesta de calendario de elecciones a rector

El próximo 16 de octubre están convocados los claustrales en el Paraninfo de la Sede Institucional

Redacción Jueves, 03 de Octubre de 2024 Tiempo de lectura:
Equipo rectoral de la ULPGCEquipo rectoral de la ULPGC

La Secretaria General de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria (ULPGC), Inmaculada González, ha remitido a los miembros del Claustro Universitario la convocatoria extraordinaria de una nueva sesión del Claustro, con un único punto del orden del día: la aprobación, si procede, de la convocatoria de elecciones y calendario de elecciones a Rector o Rectora de la ULPGC.
 
Este Claustro se celebrará de forma presencial, y únicamente de manera telemática (Open ULPGC) para los estudiantes de Teleformación, profesorado y estudiantado representantes de los centros de Fuerteventura y Lanzarote.
 
La propuesta de calendario electoral remitida a los claustrales desde la Secretaría General de la ULPGC se iniciaría el día 18 de octubre, con la publicación del censo provisional de votantes. Tal y como se estipula en el Reglamento Electoral de la ULPGC, tras esta primera fecha, la presentación de candidaturas comenzaría el 4 de noviembre y finalizaría el 7 de noviembre. Y, finalmente, la propuesta de calendario electoral señala que el 5 de diciembre será la fecha de votación y escrutinio para la elección del Rector o Rectora de la ULPGC.
 
Claustro: Máximo órgano de representación de la ULPGC
 
De acuerdo con los Estatutos de la ULPGC, publicados en agosto de 2016, el Claustro Universitario es el máximo órgano de representación universitaria y estará compuesto por el Rector, que lo presidirá; la Secretaria General, el Gerente y un grupo de 200 claustrales. La distribución de estos claustrales se realizará del modo siguiente:
 
- Un 52% pertenecerá al Sector A, formado por profesorado doctor con vinculación permanente a la ULPGC, con representación mínima de los Departamentos, Escuelas y Facultades e Institutos Universitarios de Investigación.
 
- Un 12% corresponderá al Sector B, formado por el personal docente e investigador no incluido en el apartado anterior, con representación mínima de las Escuelas y Facultades. De este porcentaje se reservará un 1% para el personal investigador contratado con vinculación no permanente a la Universidad.
 
- Un 26% será constituido por el Sector C, formado por el estudiantado, con representación mínima por cada Escuela y Facultad.
 
- Un 10% corresponderá al Sector D, formado por el personal de administración y servicios, con representación mínima por cada sede territorial. 
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