Comunicado

La Junta de Personal Docente No Universitario de la Provincia de Las Palmas publica su valoración del curso 2023/24

Redacción Lunes, 20 de Mayo de 2024 Tiempo de lectura:
Imagen de archivoImagen de archivo

El Pleno de la Junta de Personal Docente No Universitario de la Provincia de Las Palmas, en sesión ordinaria celebrada el lunes, día 13 de mayo de 2024, acordó para su envío a la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes del Gobierno de Canarias y a los medios de comunicación, la siguiente

 

VALORACIÓN DEL CURSO 2023/24

 

1. Seguimiento del Acuerdo de Mejora del Sistema Público Educativo de Canarias

Tras la puesta en marcha las primeras medidas contenidas en el Acuerdo Marco para la Mejora del Sistema Público Educativo de Canarias, entre las que cabe citar una mejora en las plantillas docentes y en las ratios, incrementando los recursos humanos para atender a la diversidad y combatir la desigualdad propiciando, además, que dichas plantillas se consoliden de manera indefinida para futuros cursos; se hace ahora necesario profundizar en las medidas de mejora que se habían anunciado para cursos sucesivos con el objetivo de situarnos en la media del Estado en lo que a plantillas y ratios se refiere.

 

En este sentido, hay que tener en cuenta la propuesta de la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes recientemente publicada y negociada en Mesa Sectorial acerca de los Criterios de Escolarización y Planificación del curso 2024/25, en la que se propone la reducción de las ratios en determinados niveles de las etapas de Educación Infantil, Primaria y Secundaria así como las ratios para los docentes que atienden a las NEAE.

 

Más concretamente, en 4º de Educación Infantil (3 años) la ratio máxima se reduce de 20 a 18 alumnos/as; se suprimen los grupos mezcla en el segundo ciclo de Educación Primaria en aquellos centros con más de 8 unidades; En 1º de ESO la ratio máxima se reduce de 27 alumnos/as a 25 alumnos/as por grupo; los CEO o IES con más de 1000 alumnos pasan de de 1 orientador/a más 9 horas a disponer de 2 orientadores/as con horario completo; Los CEIP con menos de 8 unidades y con aula enclave tendrán un profesional de Pedagogía Terapéutica en la plantilla del centro; la ratio de profesorado de AL en Educación Infantil, 1º y 2º de Educación Primaria se reduce de un especialista por cada 300 alumnos/as a 1 por cada 250.

 

Valorando positivamente esta mejora, debemos insistimos en la necesidad de seguir profundizando en las mismas así como en hacerlas extensivas a otras etapas educativas y a otras enseñanzas.

 

Por ello, esta Junta de Personal reivindica la importancia que merece el acuerdo anteriormente citado e insta al Gobierno de Canarias a garantizar, mediante la Ley de Presupuestos Generales de Canarias, la adecuada implantación y la mejora de las medidas contenidas en el mismo. En este sentido, es crucial que se convoque de manera urgente la comisión de seguimiento del acuerdo.

 

2. Primer ciclo de Educación Infantil (0-3 años)

Durante el segundo trimestre del presente curso han ido incorporándose a sus aulas en los centros públicos el alumnado de los nuevos grupos de 2 años de Educación Infantil que no lo pudieron hacer en el mes de septiembre o, en algunos casos, en los primeros meses del presente curso escolar. Aún así, solo han arrancado 29 de los 65 nuevos centros que estaba previsto empezar durante el presente curso escolar. En número de plazas, supone que, finalmente se han incorporado 602 plazas de las 1.196 que estaba previsto. El resto de plazas han visto retrasada su apertura hasta el curso próximo obligando a muchas familias a escolarizar a sus hijas e hijos en centros privados a pesar de tener asignada plaza para el curso actual en un centro público.

 

Además, recientemente ha sido publicada la previsión de plazas de educación infantil para el curso próximo de las cuales, entre 388 y 460 corresponden a nuevas plazas de 2 años. Si tenemos en cuenta que este curso se han incorporado 594 plazas menos de las previstas, la conclusión es evidente, a la vez que bochornosa. Ni siquiera el próximo curso se llegará a las cifras previstas para el curso actual. Lo que significa que Canarias se hundirá, todavía más si cabe, con respecto al resto de comunidades autónomas en las estadísticas de implantación del primer ciclo de educación infantil (0-3 años).

 

Recordemos que, según los últimos datos disponibles, la media estatal de población infantil de o a 3 años escolarizada se situaba en torno al 36,9%, en 2021-22, mientras en Canarias se situaba, ese mismo curso, en un insignificante 21,9% (9 puntos por debajo).

 

Esta Junta de Personal insta al Gobierno de Canarias a que planifique el próximo curso de manera que los grupos que corresponda puedan comenzar en centros públicos desde el primer día lectivo. Asimismo, instamos a que, de manera urgente, se mejore la oferta educativa del primer ciclo de la educación infantil en centros públicos hasta cubrir todas las necesidades que demanda la población de cualquier municipio de Canarias.

 

3. Estabilidad profesorado interino y listas de empleo

El pasado 30 de abril se publicó el baremo provisional del procedimiento de concurso extraordinario de estabilización en Canarias. Analizados los datos estadísticos del referido procedimiento, esta Junta de Personal se muestra muy preocupada por la enorme cantidad de personas provenientes de otros territorios que, de confirmarse estos resultados, obtendrían plaza en Canarias a pesar de no haber trabajado nunca aquí. Esta situación, que pudo haberse evitado, pone de relieve la colosal paradoja que supone el proceso de estabilización en su conjunto pues, a pesar de denominarse de estabilización y haber sido diseñado, al menos en teoría, para dar cumplimiento a las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y la Directiva 1999/70/CE, no solo no da solución al problema de los miles de docentes que se encuentran en fraude de ley por abuso de temporalidad en Canarias, sino que, además, puede poner en grave riesgo la continuidad en el empleo de centenares o miles de docentes que, en muchos casos, llevan décadas en fraude de ley.

 

Por otra parte, la sentencia emitida el pasado 22 de febrero por el TJUE en relación con los procesos de estabilización actualmente en curso para el personal con contrato laboral eventual (la del personal funcionario interino se espera que salga en breve), si bien no es de aplicación directa al profesorado interino por su condición de funcionario, marca muy claramente la interpretación que la justicia europea hace de la cláusula 5ª de la Directiva 1999/70/CE y su discrepancia con lo que supone la Ley 20/2021 de medidas excepcionales para la estabilización del empleo en el sector público.

 

En otras palabras, cabe esperar que el TJUE se pronuncie en breve acerca del funcionariado interino en situación de abuso de temporalidad y que, cuando lo haga, sea en términos muy similares a los que ha manifestado respecto del personal laboral temporal en la citada sentencia.

 

En esta tesitura, esta Junta de Personal exige al Gobierno de Canarias que cumpla con las reiteradas sentencias del TJUE y que busque una solución para garantizar la estabilización definitiva de todo el profesorado interino que se encuentra en situación de abuso de temporalidad en Canarias y dar, de esta manera, cumplimiento a las referidas sentencias del TJUE, así como a la Cláusula 5ª de la Directiva 1999/70/CE sobre empleo de duración determinada.

 

Asimismo, esta Junta de Personal, demanda una respuesta urgente de la Directora General de Personal a la propuesta sindical unitaria respecto a cómo debería aplicarse el artículo 5 de la Orden de 9 de agosto de 2021 por la que se regula la conformación y funcionamiento de las listas de empleo en el ámbito docente, habida cuenta que las características excepcionales del procedimiento de concurso oposición convocado dentro del proceso extraordinario de estabilización, hacen inviable una aplicación directa del baremo de méritos en base a las calificaciones obtenidas en el concurso oposición por estar previsto para una fase de oposición con pruebas eliminatorias, circunstancia que no se da en el proceso extraordinario de estabilización.

 

4. Presupuesto educativo

Tras varios años de estancamiento, el pasado año 2023 el presupuesto educativo volvió a la senda del crecimiento situándose en el 4,63% del PIB, sin llegar todavía al 5% del PIB que establece la Ley Canaria de Educación pero poniendo el objetivo al alcance para el presente ejercicio.

 

Sin embargo, la Ley de Presupuestos Generales de Canarias para 2024, vuelve a incumplir con el mandato de la Ley 6/2014, Canaria de Educación no universitaria, pues el presupuesto de la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes se queda en un 4,82%, lejos del 5% que hace ya dos años debíamos haber alcanzado.

 

Un 0,18% puede parecer poca cosa pero, si lo traducimos a cifras netas, cada décima porcentual del PIB suponen cerca de 49,2 M€ lo que significa que, solo este año, el sistema público educativo perderá alrededor de 885 M€ de financiación. El equivalente a 1,5 veces todo el presupuesto que Educación destina a recursos distintos de los contenidos en el capitulo uno: personal. A este importe hay sumarle lo dejado de presupuestar el año pasado y el otro anterior, además de todo lo que se ha venido perdiendo en la última década por no empezarse a cumplir, desde su aprobación, el artículo 72.3 de la Ley 6/2014, de 25 de julio, Canaria de Educación.

 

Teniendo en cuenta lo anterior, esta Junta de Personal entiende que es prioritario que el presupuesto educativo de 2025 no vuelva a eludir el cumplimiento de la Ley y que el presupuesto educativo se sitúe por fin en el 5% del PIB.

 

5. Negociación normativa que afecta a las condiciones laborales del profesorado.

En los últimos tiempos, por parte de distintos departamentos de la Consejería de Educación, se ha ido generalizando la tendencia a publicar, sin previo paso por la Mesa Sectorial de Educación, normativa que, o tiene como finalidad concreta regular condiciones laborales del profesorado o, aún teniendo otra finalidad, incorporan algún elemento que afecta a dichas condiciones.

 

Este ha sido el caso de las Resoluciones que cada curso escolar establecen el calendario lectivo y las fechas de inicio y finalización de la actividad lectiva de las distintas enseñanzas y etapas educativas o, en algunos cursos, la Resolución de la Viceconsejería de Educación por la que se dictan las Instrucciones de Organización y Funcionamiento de los centros educativos, así como diversos protocolos de actuación ante situaciones concretas (altas temperaturas, acoso, agresiones...) que deben aplicar los centros educativos y que rara vez cuentan con el aval de la Mesa Sectorial de Educación o con una consulta al profesorado de los centros que debe ponerlos en práctica.

 

Si bien, a lo largo del presente curso, se ha venido revirtiendo dicha situación, por ejemplo, se acaba de negociar la Resolución por la que se publicará el calendario escolar del curso 2024/25, esta Junta de Personal recuerda a las personas responsables de los diferentes departamentos de la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes que, cualquier disposición normativa que afecte a las condiciones laborales debe pasar inexcusablemente por el ámbito de negociación colectiva correspondiente, siendo éste, en el caso del profesorado, la Mesa Sectorial de Educación.

 

6. Evaluación de diagnóstico LOMLOE

En estos momentos se está llevando a cabo en los centros educativos la primera evaluación de diagnóstico desde que, hace dos cursos, empezó a aplicarse la LOMLOE. La misma tendrá carácter formativo e interno, participando todo el alumnado de 4º de Primaria y 2º de Educación Secundaria Obligatoria.

 

Más allá de la necesidad de analizar la verdadera utilidad de dichas pruebas para mejorar unas leyes educativas que de promedio no alcanzan los 6 años de pervivencia (la LOMLOE es la 6ª ley educativa aprobada desde 1990), es preciso que la Administración educativa tome en consideración el esfuerzo que supone para el profesorado la realización y corrección de las mismas. Por ello, esta Junta de Personal solicita que en las instrucciones de organización y funcionamiento se establezca una carga de horas lectivas para la realización de dicha actividad.

Comentar esta noticia

Normas de participación

Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.

Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.

La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad

Normas de Participación

Política de privacidad

Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.121

Todavía no hay comentarios

Con tu cuenta registrada

Escribe tu correo y te enviaremos un enlace para que escribas una nueva contraseña.