En Gáldar, y en cualquier ayuntamiento, también se puede hacer oposición política, sin tener representación
La idea general de cualquiera, y como no podía ser de otra manera, la mía propia, sobre “oposición política”, es la de, la división del poder, como medio práctico para proteger a los ciudadanos, contra los posibles riesgos de abusos de poder. Pero me voy a Gáldar, donde creo, que esta idea de división de poder no se está dando en toda su extensión; ya que, en las últimas elecciones a este ayuntamiento, se presentaron, si no me falla la memoria, seis (6) partidos políticos y una (1) agrupación electoral; y donde, sólo tres (3) de ellos, consiguieron representación; los restantes, se quedaron fuera; pero, no en vano, creo que lo más positivo, fue la consecución, entre todos, de la importante cifra de, mil seiscientos dos (1602) votos; sin duda alguna, una suma, muy considerable; y pienso yo, que los ciudadanos que votaron a estas formaciones políticas, lo normal y lógico, es que lo hicieran supuestamente, por ideología, o porque creyeron en sus proyectos; confianza ésta, que presumiblemente, no ha sido correspondida por las antedichas formaciones; ya que, al menos yo, no tengo conocimiento de que hayan actuado políticamente en mucho tiempo; cuando desde fuera de la institución, se puede hacer mucha oposición, y de la buena; es decir, de la constructiva; tengo conocimiento, de formaciones políticas, que han hecho más y mejor oposición desde fuera, que algunas, desde dentro.
Sobre las referidas formaciones políticas, desconozco que dispongan de una sede o cuando menos de un despacho, que, creo que, podrían autofinanciarse, en el caso de los más pudientes, o, solicitarlo al alcalde, en dependencias municipales, en el supuesto caso de los más modestos (sé de algún que otro colectivo que dispone de despacho en dependencias municipales), a fin de que se reúnan, reciban visitas, asesoren, informen, y, hagan partícipes, a sus votantes, simpatizantes, a los ciudadanos en general, colectivos, asociaciones, etc., que lo requieran, de los asuntos públicos; porque cuando nos presentamos a unas elecciones, así lo entiendo yo, es para representar al pueblo; o al menos, a los que les votaron, aunque los votos no dieran para conseguir representación; y ello se puede hacer sin perjuicio alguno, porque la ley ampara a que, el ciudadano como persona. o por medio de representantes, pueda ejercer el derecho fundamental de petición a los presidentes de las instituciones. Esta ley, nos indica que una persona, puede hacer peticiones al ayuntamiento, que podrán versar sobre cualquier asunto o materia comprendido en el ámbito de competencias de la Administración destinataria, con independencia de que afecten exclusivamente al peticionario o sean de interés colectivo o general; y en consecuencia, el ayuntamiento tiene la obligación de acusar recibo de la petición y de notificar la decisión al peticionario, de manera motivada, en el plazo establecido para tal fin. Por tanto, insisto, desde fuera del ayuntamiento, se puede hacer de casi todo; no obstante, casi todas las reglas tienen sus excepciones, y ésta, no lo va a ser menos; aquí, debiéramos exceptuar la exigencia de que se incluya en el orden del día de los Plenos, mociones que presenten formaciones políticas que no disponen de representación; porque es el alcalde, el que, por ley, está facultado, para fijar y determinar los puntos del Orden del día de los Plenos. Ni que decir tiene, que, a mi modo de ver, desde fuera, e incluso si se produjera una conexión con la oposición con representación, de mejores veras; se podría influir en el hecho de que las cosas se vean desde más de una perspectiva; lo que siempre es bueno, para llegar a una conclusión; que redunde en beneficio de todo el pueblo.
De todo lo que hemos dicho a lo largo de este escrito, se desprende que, la oposición desde fuera de la institución es también absolutamente válida, para garantizar la democracia en la Corporación; siendo esencialmente, de un valor incalculable, la supervisión de la actividad del partido gobernante, a fin de evitar la impunidad que pueda darse, salvaguardando con ello así, los intereses de la ciudadanía.
































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