A raíz de que el Ayuntamiento de Arucas iniciara el procedimiento de Consulta Pública para trasladar a la ciudadanía su intención de la aplicación de una nueva ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS, el Foro Arucas Siglo XXI trasladó la preceptiva necesidad de publicar en el Portal de Transparencia el texto del borrador, advertencia que señalan, obligó a la Alcaldía a retrotraer la tramitación e insertar en el Tablón de Anuncios el contenido íntegro del anteproyecto que es sometido a la consideración de los ciudadanos en el plazo de 20 días para que presenten alegaciones y demás sugerencias.
Paralelamente ante esa incoación y apertura de expediente, la entidad ciudadana elevó “queja” al Diputado del Común al entender irregular el inicio de la consulta y con el mejor ánimo de que esta sea tema de estudio y debate en las “mesas de diálogo y consejos de participación.
Señalan que se trata de una facultad conferida no solo al amparo del art. 133 de la Ley Procedimiento Administrativo, sino también al cauce participativo reglamentado a nivel municipal como “CONSULTA POPULAR,” derecho a ejercer por las entidades ciudadanas registradas y que abarcan todos los sectores y distritos del municipio.
ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA RECOGIDA DE RESIDUOS SOLIDOS



























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