Los tipos de gravamen del Impuesto sobre bienes inmuebles, tanto de naturaleza urbana como de naturaleza rústica en el norte de Gran Canaria, son dispares entre los once municipios que conforman la Mancomunidad del Norte.
Firgas, Tejeda, Teror y Arucas, son los municipios con el IBI más bajo. Los tres primeros, presentan un gravamen del 0,40 en el IBI, urbano y Arucas del 0,42.
Arucas es el municipio con el IBI rústico más bajo, con un tipo impositivo del 0,32, mientras que en Firgas y Tejeda es del 0,40 y en Teror es del 0,45.
Artenara tiene un gravamen del 0,40 en el IBI urbano, y uno de los más altos en el IBI rústico, con el 0,86.
La Aldea tiene un gravamen impositivo del 0,45 en el IBI Urbano, y el 0,86 en el rústico, y Moya mantiene el mismo tipo, del 0,48 tanto para el IBI urbano como para el rústico.
Los municipios de Agaete, Gáldar, Santa María de Guía y Valleseco, coinciden en el tipo impositivo del IBI urbano, cifrado en el 0,5, y difieren en el IBI rústico.
Así, Agaete y Santa María de Guía lo mantienen en el 0,60, mientras que en Gáldar asciende al 0,77, y Valleseco lo tiene en el 0,86, el más alto junto con Artenara y La Aldea.
Hay que tener en cuenta que el valor catastral es un dato fundamental para determinar lo que toca pagar de IBI.
La base imponible de este impuesto es precisamente ese valor catastral sobre el que pueden aplicarse reducciones si corresponden. Para obtener la cuota (importe del recibo a pagar) a la base imponible se le aplicará un tipo impositivo que va desde el 0,40 al 1,10 para el urbano, y 0,30 al 0,90 para el rústico. A efectos prácticos, pagarás más IBI si tu municipio ha revisado al alza el valor catastral, por lo que se puede dar el caso de que en un municipio con un tipo impositivo bajo o medio, se pague más IBI por el valor catastral de la vivienda.
Como se puede observar, los municipios del Norte, estarían más cerca del tope mínimo fijado para el IBI Urbano, que del máximo, pero en el rústico, los municipios de Artenara, La Aldea y Valleseco, estarían rozando el tope máximo fijado.
En su día, ayuntamientos como los de Guía, La Aldea, Moya y Teror solicitaron una revisión catastral a la baja, al considerar que la tasación de muchos inmuebles, tanto de naturaleza rústica como urbana, estaban sobrevalorados.
Por otro lado, hay que recordar que en el año 2012, en base al Real Decreto Ley 20/2011 de 30 de diciembre del Gobierno de la nación, que afectaba a las localidades que aprobaron la última revisión catastral antes de 2002, se produjo una subida del IBI del 10%, en los municipios de Artenara, Gáldar y Valleseco.
La subida fue de un seis por ciento en Firgas y de un cuatro por ciento en Guía, ya que la actualización del catastro fue del 2002 al 2004 en Firgas, y del 2008 al 2011 en Guía, mientras que los municipios de Agaete, Arucas Moya, La Aldea de San Nicolás, Teror y Tejeda, quedaron exentos de la subida, por haber revisado el catastro o el valor de los inmuebles entre 2005 y 2007.
Posteriormente, en el año 2014, el Ayuntamiento de Firgas aprobó la reducción del IBI, y el Ayuntamiento de Arucas aprobó la reducción del tipo impositivo en el 2016, mientras que los ayuntamientos de Teror y La Aldea lo hicieron en el año 2018, asimismo, Gáldar congeló el tipo impositivo del IBI urbano en el 0,62 para el ejercicio 2015, y comenzó a reducirlo en el ejercicio 2016, hasta llegar al 0,5 de este año.
Por su parte, el Ayuntamiento de Guía aprobó a finales del año pasado volver al tipo impositivo del 2014, lo que ha supuesto pasar del 0,40, al 0,50 en el IBI urbano.
A lo largo de estos años, la mayoría de los Ayuntamientos del Norte han puesto en marcha medidas para facilitar el pago del IBI, tales como bonificaciones por domiciliación de recibos y fraccionamiento del abono del recibo.
A pesar de estas medidas, las críticas vecinales han estado muy presentes en este tiempo, ya que son muchos los vecinos norteños que consideran que este impuesto es muy caro.
































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