De cómo se construye una patraña y se pretende convertir en argumento irrefutable

Opinion

marujasalgado2020 2Tengo ante mí el documento, que cualquiera puede conseguir en las oficinas municipales, titulado: MODIFICACIÓN MENOR DEL PLAN GENERAL: MODIFICACIÓN FICHA A.II-B 12E Y ELIMINACIÓN FICHA P-110 DEL CATÁLOGO DE PROTECCIÓN, TRONERAS C/DRAGO.

Ya de por sí el título es mosqueante; los primeros interrogantes que suscita podrían ser:

. ¿Por qué hay que cambiar algo en el Catálogo de Protección recogido en el Plan General de Ordenación (PGO)?

. Algo que contaba con el valor necesario para estar recogido en ese Catálogo, ¿ha dejado de ser valioso? ¿En base a qué pruebas y argumentos?

Si seguimos avanzando en el documento, podemos leer textualmente: “El conjunto de troneras existente en la c/Drago se incluye en el Catálogo de Protección del PGO de Gáldar de forma duplicada (lo que resulta una anomalía). Ficha A.II-B 12E del Tomo de Bienes Etnográficos Infraestructuras Hidráulicas y ficha P-110 del Tomo Periferia.”

Cabría preguntarse aquí por qué considerar anomalía que un Bien, según el aspecto de este que se tenga en cuenta, pueda estar recogido en varios apartados. Añadiría que por mucho pan no hay mal año.

Inmediatamente surge otra duda: ¿Y por qué, según se anuncia en el título del documento, se subsana dicha “anomalía” eliminando precisamente la Ficha P-110 y no la otra? Pues sigamos leyendo el citado documento en análisis:

“En ambas fichas se otorga al conjunto de troneras de la c/drago una protección ambiental”. (Aquí he de aclarar que en el mismo documento se cargan esa calificación, la cambian por protección parcial y creo entender que lo hacen para “recoger adecuadamente la valoración del objeto de protección en base a una mayor definición y estudio del bienprotegido”. (Sin despeinarse ni nada). “Respecto al tipo de intervenciones permitidas se muestran diferencias entre las fichas de protección. Ficha A.II-B 12E: Conservación, consolidación, restauración y reposición de elementos dañados. Ficha P-110: Conservación y restauración. En la Ficha P-110 se recoge en las observaciones que (entrecomillado en el original) “está deteriorada y, por su situación urbana, tiene enorme fragilidad” (¡lo cual es cierto!), y como intervenciones recomendadas “reparaciones con materiales y técnicas originales” (¡Vaya, al fin algo coherente con el valor etnográfico de este bien patrimonial! ¡Ah, pero…, esta es la ficha que se cargan! Y, aunque no lo recoge el cuerpo del documento (no interesa), fíjense lo que pone esta ficha en el apartado Valoración: “Pieza de valor histórico del sistema productivo agrícola que debe ser conservada. Es importante también su resolución arquitectónica”. Insisto, sin encomendarse ni a dios ni al diablo, se cargan la ficha con la valoración y las recomendaciones. Claro, de conservarla les resultaría más difícil justificar lo injustificable. Y miren lo que dice la A.II-B 12E que mantienen, que no sé (porque no está claro) si estaba de antes, o es la modificación a que hace alusión el título, sea como fuere, se trata de medidas totalmente disonantes y contrapuestas con lo que leíamos más arriba de “Conservación, consolidación, restauración…”) (Sigo citando) En la Ficha A.II-B 12E se recoge, sin embargo, en las medidas de actuación: “El conjunto de tuberías está afectado por la ampliación de la calle (¡dando ya por hecho la ampliación!) pudiendo el resto adaptarse al espacio libre propuesto en el Plan Gral. de Ordenación. Restauración integral del conjunto e integración en el espacio libre contiguo propuesto en el Plan General de Ordenación”.

¿Ustedes qué entienden por “restauración integral del conjunto”? pues no, no se va a restaurar este bien, se va a demoler, ese es el verbo que no se atreven a emplear, y eufemísticamente añaden “integración en el espacio libre contiguo” que significa construir otro conjunto de troneras detrás. En el informe elaborado por la empresa Arqueología D3 se habla de reconstrucción, o sea volver a construir. Tal como yo aventuraba en un escrito anterior, talmente como si se tratara del templo de Abu Simbel, pero a lo bruto. Ah, bueno, vamos a concederles que, a lo mejor, pueda quedar algún pedazo más o menos entero y pueda reutilizarse y encajarlo en su justo lugar. Cualquier buen albañil se reiría en mi cara ante esto.

Pasemos ahora al capítulo de justificaciones, porque no tiene desperdicio.

La primera trampa ya aparece casi al inicio del documento: “Este problema resulta más grave por cuanto la c/Doramas y la c/Drago son arterias fundamentales en la movilidad del tráfico rodado como salida principal del Casco de Gáldar hacia Las Palmas y es precisamente en este punto…” Los subrayados son míos. ¿Podrá darse información más falaz? ¡Ni son arterias principales, ni mucho menos salida principal del Casco de Gáldar hacia las Palmas! Pero, ¿A quién quieren engañar? A poco que pensemos se nos ocurren varias alternativas para que la ciudadanía de Los Lomos (única que pudiera tener que cambiar de ruta) use otras alternativas para ir a las Palmas. A esto se le llamaría reordenar el tráfico. ¿O es que mientras duren las obras en la calle, ya iniciadas, esta vecindad se encuentra enclaustrada y no se le ha ofrecido ninguna otra salida? No nos hagan comulgar con piedras de molino.

Más patrañas: en el epígrafe 4.2.- INVIABILIDAD DEL MANTENIMIENTO DEL BIEN ETNOGRÁFICO TRONERAS C/DRAGO EN SU ACTUAL POSICIÓN.

Aquí hacen “como si consideraran” la peatonalización de la c/Drago, pero partiendo de dos premisas más falsas que la hoja del álamo, llegan a la conclusión a la que querían llegar desde el principio. De dos premisas falsas no puedes deducir una conclusión mínimamente lógica ni acertada. Estas premisas son:

. La c/Drago es una arteria fundamental del tráfico rodado del municipio de Gáldar por ser el vial de salida del casco de Gáldar hacia Las Palmas (el subrayado es mío).

. Que no puede ser sustituido por vial alternativo.

Repiten la mentira de que la c/Drago es el vial de salida del Casco. “El” es un determinante que no admite otras consideraciones: el vial, el único; no uno de ellos, sino el único vial. Si vives en el Casco de Gáldar, has de echar, sí o sí, por la c/Drago para ir a Las Palmas. ¡Eso lo sabemos todas y todos los galdenses! Es de risa, pero aunque esto fuera así, que no lo es ni remotamente, vuelvo a decir que el tráfico, con voluntad, se reordena. ¡Ah, pero es que ya, en la segunda premisa falsa, te cortan de raíz esa posibilidad! No puede ser sustituido, dice. Es que no merece ni un comentario que no sea la propia indignación por ser considerados-as ignorantes. ¡Será por calles y será por alternativas! Sr Alcalde, si su reelección en el cargo dependiera de ello, pondría a trabajar a piñón a quien corresponda y veríamos cómo encuentran esa alternativa; por supuesto, poniendo la voluntad en hallarla para preservar el bien patrimonial y no en intentar demostrar que no es posible.

En la propuesta expuesta por Francisco Bolaños en escrito publicado hace días en Infononortedigital, se aboga por la peatonalización, no de toda la c/Drago, sino del tramo en el que se encuentra la tronera. Considero la propuesta VIABLE DE TODAS TODAS. Repito, a la fecha, está cortado el tráfico en esa zona y SÍ SE HA SUSTITUIDO POR VIAL ALTERNATIVO.

Pues con esas dos premisas “tan sólidas” llegan a renglón seguido a la siguiente conclusión: “resulta inviable su peatonalización por lo que debe mantenerse como viario de tráfico rodado. La opción de la peatonalización de la c/Drago no resulta viable”. Así, repiten la frase. Srs. Munícipes, por mucho que se repita una mentira no se convierte en verdad, aunque pueda engañar a quien esté dispuesto a dejarse.

Sigamos avanzando. Nada de esto es porque sí. El Sr. Alcalde tiene una razón de peso para encargar a sus redactores que utilicen precisamente esos “argumentos”. Vean si no lo que recoge la reciente ley 11/2019 de 25 de abril, de Patrimonio Cultural de Canarias (habría que titularla más propiamente de Antipatrimonio) que parece haber sido creada para que sirva de coladero que puedan usar alcaldes poco sensibles con los bienes patrimoniales). Dice así: “Excepcionalmente, cuando razones de interés público o utilidad social obliguen a trasladar estructuras o elementos de valor etnográfico por resultar inviable su mantenimiento en su sitio originario o peligrar su conservación, se documentarán científica y detalladamente sus elementos y características, a efectos de garantizar su reconstrucción y localización en el sitio que determine el órgano del cabildo insular competente en materia de patrimonio cultural”.

(Los subrayados son míos). Al margen de la opinión que me merece esta ley, que si fuéramos malpensadas podríamos decir que ha sido redactada a propósito para quitar la tronera de su enclave, si aclara perfectamente el porqué del empeño, palpable en el documento que estamos analizando, en decir (sin demostrar) una y otra vez, que es inviable la peatonalización por no existir otras alternativas, por lo que, claro, es obligado quitar la tronera. Ellos se lo guisan y ellos se lo comen.

Pasemos ahora al punto 5.3.-VALOR PATRIMONIAL. “El informe elaborado por la empresa Arqueología D3 constata el valor patrimonial del conjunto de troneras de la c/Drago como bien etnográfico en la categoría de infraestructura hidráulica que por su fuerte presencia y singularidad ha llegado a convertirse en un elemento simbólico e identitario para los habitantes de Gáldar”

Pareciera que sensatamente esto bastara para quitar a nuestra Corporación la idea de la cabeza, pero no, como ya tienen claro que la opción es quitar la tronera, lo que le piden a la empresa es que les certifique que detrás se puede construir un conjunto de troneras parecido al que van a quitar y la empresa, tras un alegato en el que pone en valor el sistema histórico de riego en la isla desde finales de la conquista y un estudio pormenorizado de cada una de las troneras del conjunto ilustrado con fotografías, va y se lava las manos como Pilatos (que al fin y al cabo esto es un trabajo por el que va a cobrar y ella no es responsable de lo que hagan los políticos) y concluye:

d) Desde el punto de vista técnico, no ponemos ningún inconveniente en que la obra se ejecute y se proceda a la reubicación y reconstrucción del inmueble siempre y cuando se haga respetando la esencia del original y se recupere el mayor número de piezas posibles.

A ver si entiendo algo, o sea, es valioso, pero claro, tienen que pasar necesariamente por ahí los coches y como existe una normativa (ley 11/2019 de 25 de abril, citada) que lo permite, quítenlas que técnicamente no ponemos inconveniente, pero háganlo con cuidadito a ver si pueden salvar unos cuantos cantos. Ah, y las tuberías que bajan de unas a otras en un peculiar entramado, esas ni se preocupen, total solo tienen casi 100 años, se eliminan y ya está. (Interpretación personal después de leído el Informe)

Lo que no sabemos es a qué se refiere la empresa con lo de la “esencia”. ¿Se referirá a que han de trasladar también hacia atrás los siglos con los que cuenta el conjunto? Existen ramales que parten de ella con antigüedad de tres siglos, las troneras tienen uno y dos siglos, además de ser un referente cultural en la memoria colectiva. Tal vez haya algún medio técnico para infundir a esa copia tal esencia del original.

El documento que vengo analizando desde el principio concluye resaltando que el nuevo conjunto podrá apreciarse mucho mejor gracias al retranqueo, y yo contesto y termino:

La reconstrucción que proponen, habrá perdido todo valor histórico; solo conservará el testimonial. La fuente puede quedar muy bonita, pero será ficticia, nunca fue tronera.

La propuesta que defiendo: restaurar y conservar in situ el conjunto, librándolo de elementos extraños, dejando a la vista todo lo hoy oculto por ellos y mantener el lugar limpio de basuras. Hacer correr el agua en una verdadera tronera, que haga las veces de fuente y construir a su alrededor un amplio espacio ajardinado que pueda disfrutar la ciudadanía con total tranquilidad dado que el tramo de calle en el que se inserte sea peatonal.

Eso es respetar el patrimonio y tener en cuenta la calidad de vida de la ciudadanía, buscando alternativas al tráfico rodado que no se contrapongan con estos dos principios.


Comentar esta noticia

Normas de participación

Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.

Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.

La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad

Normas de Participación

Política de privacidad

Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.27

Todavía no hay comentarios

Quizás también te interese...

Con tu cuenta registrada

Escribe tu correo y te enviaremos un enlace para que escribas una nueva contraseña.