El Juzgado anula la RPT del Ayuntamiento de Arucas

Redacción Miércoles, 14 de Marzo de 2018 Tiempo de lectura:

ayuntamientodearuxas65

El Juzgado de los Contencioso Administrativo número 3 de Las Palmas de Gran Canaria, ha emitido una sentencia que anula RPT del Ayuntamiento de Arucas, a raíz del recurso presentado pro el sindicato Comisiones Obreras.

En el recurso de Comisiones Obreras se solicita se solicita el dictado de una Sentencia por la que se declare la nulidad de las resoluciones impugnadas, alegando inexistencia de negociación colectiva, inválida constitución de la Mesa General de Negociación, ausencia de motivación sobre los aumentos de plantilla y valoración de los puestos de trabajo y vulneración del procedimiento legalmente establecido, ante la ausencia de informes preceptivos.

Por su parte el Ayuntamiento de Arucas solicitó la desestimación del recurso, al considerar que las resoluciones dictadas son conformes a derecho y la parte codemandada interesa, además, la inadmisión del recurso, por falta de legitimación activa “ad procesum” y “ad causam”.

En la sentencia emitida se indica que no se considera negociada la RPT aprobada por el Excmo. Ayuntamiento de Arucas y, aunque la parte recurrente no haya recurrido el presupuesto municipal, no se considera que dicha decisión sea una vulneración de la doctrina de los actos propios, como se alega por la parte codemandada cuando, en el acuerdo que se impugna, sólo se aprueba la Relación de Puestos de Trabajo y no el Presupuesto municipal; ni tampoco sea un contrasentido que la recurrente esté participando en un proceso de modificación de la RPT que se recurre porque, por un lado, ni siquiera consta que esté en marcha tal proceso y, por otro lado, entra dentro de sus obligaciones para con sus afiliados la intervención en ese tipo de procesos.

Por ello, estimándose uno de los motivos de nulidad invocados por la recurrente, el recurso debe ser estimado, sin necesidad de resolver las restantes alegaciones planteadas por las partes.

El Ayuntamiento de Arucas puede interponer un recurso de apelación a esta sentencia.


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