El Gobierno canario se lava las manos en la financiación de la carretera del centro comercial cerrado de Gáldar

Redacción Lunes, 13 de Marzo de 2017 Tiempo de lectura:

la vega de galdarLa consejería de Política Territorial del Gobierno de Canarias ha aprobado definitivamente la segunda Modificación del Plan Insular de Ordenación de Gran Canaria, en el ámbito del Plan Territorial Parcial del Área de Centralidad de Gáldar y Santa María de Guía (PTP-14), que da cobertura al centro comercial cerrado de La Vega de Gáldar.

En esta aprobación se recoge la vía que tiene que conectar el centro comercial con la arteria vial del municipio, y a este respecto se deja claro que la financiación económica de esa carretera no corresponde al Gobierno canario.

Así se indica que debe tenerse en cuenta que el artículo 280 de la normativa del Plan, cuya modificación se acuerda en la presente Orden, tiene la calificación jurídica de Norma Directiva de Obligado Cumplimiento (ND), y por tanto, de acuerdo con el artículo 2 de esa misma normativa, requiere de desarrollo a través del instrumento de ordenación correspondiente (en este caso, el PTP-14). Por ese motivo, la presente modificación puntual carece, por sí sola, de repercusión económica directa, correspondiendo al PTP-14 la evaluación de los concretos efectos económicos del tipo de vía que articule la contención del crecimiento urbano frente al área agrícola, tras la correspondiente evaluación de alternativas y en función de la ordenación que finalmente se plasme en dicho instrumento de ordenación territorial.

Además, la consejería de Política Territorial deja constancia de que el expediente ha sido excluido del trámite de evaluación ambiental estratégica en virtud del Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias (en adelante, COTMAC) de 28 de octubre de 2013 (BOC nº 229, de 27 de noviembre de 2013), al tratarse de una modificación menor que carece de efectos significativos sobre el medio ambiente; debiendo ser el PTP-14 el instrumento de ordenación en el que debe evaluarse ambientalmente la ordenación total de la actuación, incluyendo las alternativas de solución técnica del viario que debe actuar como límite de la actuación de transformación urbanística y separación del área agrícola situada al sur de Gáldar.

 


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