El Juzgado nº 1 de Guía, condena a BANKIA a devolver lo invertido en acciones

Redacción Viernes, 12 de Febrero de 2016 Tiempo de lectura:

juzgadosguia9El Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Santa María de Guía ha dictado, con fecha de 03 de febrero de 2016, una sentencia a favor de un vecino galdense, que en julio de 2011 adquirió acciones de la entidad BANKIA por importe total de 3.000 €.

La Jueza declara nulo el contrato por el cual se adquirían las acciones y la entidad BANKIA deberá devolver el importe total de la inversión, con los correspondientes intereses, desde julio de 2011, así como el abono de las costas del proceso al demandante. La sentencia ya es firme, por lo que BANKIA no puede recurrirla en apelación.

En los Fundamentos de Derecho de la Sentencia se relata lo siguiente:

"En el supuesto que nos ocupa, consta el Folleto informativo [...] que incorpora, entre otros extremos, información sobre la situación financiera de la entidad, en la que se dibuja e informa sobre una situación propicia y de alta solvencia que posteriormente resultó no corresponderse con la real"

"Junto a lo anterior, [...] unos meses después de la salida a bolsa, la entidad demandada, dada su precaria situación financiera, precisó de una intervención estatal con la oportuna inyección de capital público..."

En resumidas cuentas, se estima la demanda puesto que BANKIA no cumplió diligentemente con su deber de información real y veraz de su situación financiera.

El abogado de la parte demandante, Daniel Gil García, socio del despacho Castillo y Gil Abogados (junto al letrado Yari Castillo Mendoza), se muestra satisfecho con la decisión judicial, puesto que se ha pronunciado en el mismo sentido que lo han hecho los Tribunales de toda la geografía española, dándole la razón al cliente y teniendo BANKIA que devolver el importe íntegro invertido.

pdfPuedes descargar la sentencia en formato PDF en este enlace.


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