De repúblicas y monarquías

Opinion

leonilojulio2017Se cumplen estos días, los fastos lo han puesto en el candelero, un lustro del reinado del sucesor de Juan Carlos I, su hijo Felipe VI. A nadie se esconde que la restauración monárquica vino de la mano del que, por la fuerza de las armas, acabase en el 36 con la legalidad de aquel momento. Me refiero a ese individuo al que el TS, conocido también como la más alta magistratura del Estado, otorgó –contra todo rigor histórico– la jefatura del estado, cuando aún el gobierno republicano era una realidad. También se atribuye su continuidad, a la decisión de quienes votaron sí a la Constitución del 78. Como si en aquel momento, o cuando el referéndum de la reforma política, con el que se aprobaba un proyecto de ley que respondía a dicha denominación, hubiese modo alguno de modificar algo.

Recuerdo, cuando aquel famoso referéndum de consulta y aprobación de la susodicha reforma política, cómo hubo algunos que mostraron su disconformidad para más tarde, cuando la Constitución del 78, heredera de dicha ley se iba a aprobar mediante la misma fórmula, actuar en sentido contrario a como lo habían hecho. Si nos paramos a leer, siquiera de modo superficial, la conocida como Ley de la Reforma Política, de 1976, no podemos sino quedar perplejos. En ella, como no puede ser de otro modo por mor al dictamen del anterior régimen –el que fuese fruto del golpe de Estado de 1936–, se daba como un hecho incuestionable la figura de la monarquía. Ya en su Artículo primero, punto dos, refleja el siguiente tenor literal: «La potestad de elaborar y aprobar las leyes reside en las Cortes. El Rey sanciona y promulga las leyes.», nos cuela sin tapujos su figura. Es decir, la aprobación de la referida norma, da carácter de legalidad a la figura de la monarquía. Así, sin más. No se atrevieron, hay evidencias sonoras de ello, a promover un referéndum específico para dicha cuestión.

Abunda la referida Ley en continuar consagrando la figura real; vamos, hacerla realidad por la fuerza de los hechos. Continúa, con la misma frescura que con anterioridad, en su artículo segundo otorgando prerrogativas a la figura del monarca. Así, la representatividad del Senado, al menos lo que se refiere a su quinta parte, no refleja la voluntad popular, sino la del monarca al expresar: «El Rey podrá designar para cada legislatura Senadores en número no superior a la quinta parte del de los elegidos.» Sí, se dirá que esa ley fue aprobada por la mayoría de las personas que participaron en el reseñado referéndum. Dicho de otra manera, que la voluntad popular cede una parte de su representación, la que supone ese quinto del Senado, al monarca. Es cierto, que ya tal no figura en la vigente constitución. Sin embargo, siempre nos podrá quedar la duda en cuanto a la legitimidad de algo que tiene causa de una norma de tales características.

Sin embargo, a lo largo de todo este tiempo, no se ha propuesto de forma rigurosa y seria, el motivo de esta situación. Que como no puede ser de otro modo, no viene sino a deslegitimar aquello que, siendo la legalidad del momento, fue quebrantado por la fuerza de las armas. Aquel famoso referéndum, que Adolfo Suárez intuía perdido, tuvo que haberse celebrado. Claro, por aquellas fechas no se dudó de ello, no se trataba de un cambio político. No consistía en romper con un régimen dictatorial, sino llevar a cabo una transición –la tildada de modélica–, entre un régimen, el que fue instaurado mediante un golpe de Estado, que no le otorgó la Jefatura en octubre de 1936 al general golpista, y la actual situación, la que tiene su origen en la Constitución del 78, heredera sin ningún género de dudas, de aquel régimen que redactó una Reforma Política. De la República, la legalidad durante el golpe, parece que quieren nos olvidemos. En este caso también, por la fuerza de los hechos. Que son tozudos ya ven.


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