Se celebró una nueva jornada de fútbol base en las distintas categorías y ya se nota la aplicación de la normativa vigente en la categoría de Pre-benjamines para evitar las goleadas abultadas, por ello recordamos a que se refiere y que ustedes pueden comprobar cuando se acerquen a ver un partido de esta categoría:
*Regla específica 1:
Cuando un jugador de un equipo se dispusiese a realizar un saque de meta, los componentes de ambos equipos deberán permanecer en su campo, no pudiendo invadir el del otro.
*Regla específica 2:
A partir del 5º gol, los que se consignan dentro de área serán inmediatamente anulados por el árbitro, no computando pues, a efectos del resultado final que habrá de reflejarse en el acta del encuentro. En tal caso, el juego se reanudará con un saque de meta.
De esta forma se notan los resultados, porque si nos fijamos en la categoría de Pre-Benjamines grupo I, la mayor fue de 1-9 del Arucas al Valleseco, el resto resultados normales. Lo mismo también se podría hacer en la categoría de Benjamines y Alevines, en esta última el Teror marcaba 26-1 al Atalaya. De todas formas el equipo que es superior va a ganar de todas formas, pero se evitarían estas goleadas humillantes y habría más equilibrio.
Con respecto a los entrenadores, esta es la normativa que rige su actuación y comportamiento en el terreno de juego.
La Federación Interinsular de Fútbol de Las Palmas ha hecho pública la circular número 9 de la presente temporada en la que se aclara el papel que desempeñan los entrenadores en los partidos y quién es la persona autorizada a dar instrucciones desde la banda.
En el preámbulo del texto se indica que recién iniciado el curso deportivo ya se han susctiado las primeras situaciones controvertidas con el ejercicio de la labor de los entrenadores durante el desarrollo de los partidos y, en concreto, a quien tiene la facultad de levantarse a dar instrucciones a los futbolistas.
En tal sentido, y amparados en el contenido del artículo 231.2 del Reglamento General de la RFEF y en relación a lo establecido en la disposición final cuarta del Reglamento General Deportivo de la FCF, "sólo los entrenadores (entendiéndose como tal los que se encuentran en posesión de licencia de primer o segundo entrenador), y de entre ellos, sólo uno de los dos podrá levantarse a dar instrucciones a su equipo, de manera que no se permitirá la actuación simultánea de ambos".
También se informa en la circular 9 que "con objeto de proteger el cumplimiento de la normativa en esta materia, se dará orden al Comité Técnico de Árbitros para que los colegiados hagan constar en las actas arbitrales los hechos que en relación con el asunto aquí expuesto, puedan revestir carácter de infracción, lo cual dará lugar a la depuración de responsabilidades en el ámbito disciplinario, tanto para el club como, por supuesto, para el entrenador o entrenadores".
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