¿De verdad que no es posible convocar oposiciones al cuerpo de maestros, Sr. Director General de Personal de la Consejería de Educación y Universidades de Canarias D. David Pérez-Dionis Chinea?
Somos un grupo bastante numeroso de opositores y opositoras que nos queremos dirigir a usted, D. David Pérez-Dionis Chinea para preguntarle directamente si es cierto todo lo que nos contestan los sindicatos es cierto o no, que “gracias” a usted, al Sr. Director General de Personal de la Consejería de Educación y Universidades no se va a convocar oposiciones este año y que eso es un tema político, después de haberlo hecho público el 25 de noviembre y asegurar no sólo las 66 plazas de Primaria que estaban aprobadas desde el año 2015, incluidas en los presupuestos de ese año, sino el aumento de las plazas y especialidades.
Desde el año 2014, estamos perdiendo nuestro tiempo y nuestro dinero en algo que cada vez que se va a acercar la fecha, no sabemos cómo, por arte de magia, podrá ser, o por la inhumanidad que presenta nuestro Gobierno Canario y nuestra Consejería de Educación hacia las personas y hacia la Escuela Pública.
Creemos que esto ha sido una decisión tomada por la presión de los diferentes sindicatos que luchan por la desigualdad. Tantas manifestaciones, tantas huelgas, tantas mentiras para qué, para que se salgan con las suyas.
Ahora dicen que no hay tiempo de convocar unas esperadas oposiciones desde el año 2014. ¿Qué pasa, que esas plazas que se pospusieron no estaban dentro de los PGE de ese año? Pues sáquelas. ¿Qué pasa, que no tienen ganas de arreglar papeles que es lo que ustedes piden a todo el profesorado canario? Pues póngase a arreglar papeles para que vea que la burocracia no le gusta a nadie, pero al final, todo se resuelve bien.
Nos estamos preparando unas oposiciones y seguiremos porque según fuentes externas, nos dicen que la Consejería de Educación y Universidades puede convocar todavía ya que algunas comunidades están esperando hasta esa fecha(siendo legal realizando el procedimiento hasta esta fecha), incluso en una noticia de un periódico digital, comenta el Ministro de Educación que hasta abril se pueden convocar oposiciones y realizarse en este curso. Recordamos que en el 2015 se convocaron el 11 de mayo, en Canarias se convocó en esta fecha, aprobándose el Decreto el día 23 de abril de ese año. Así se demuestra en el siguiente texto de la Orden de 11 de mayo de 2015, fecha de la convocatoria de ese año.
R E S U E L V O:
Primero.- Convocar procedimiento selectivo para ingreso en el Cuerpo de Maestros en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, para la cobertura de 208 plazas de las 279 ofrecidas para el ingreso en este Cuerpo en el Decreto 65/2015, de 23 de abril, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público del año 2015, por el procedimiento de urgencia.
Así mismo, le añadimos el artículo 53 de la Ley 3/2016, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2017
Artículo 53 Oferta de empleo público
1. Durante el año 2017, los entes mencionados en el artículo 1.1, 2 y 3 no ofertarán plazas de nuevo ingreso, ni incorporarán nuevo personal, salvo por razón de la ejecución de procesos selectivos correspondientes a ofertas de empleo público de años anteriores. Esta limitación afecta a las plazas incursas en los procesos de consolidación de empleo previstos en la disposición transitoria cuarta del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
2. Respetando en todo caso las disponibilidades presupuestarias del capítulo 1, «Gastos de personal», del presupuesto de gastos, el Gobierno, mediante decreto, a propuesta conjunta de las consejerías de Presidencia, Justicia e Igualdad y de Hacienda, y previo informe de las direcciones generales de la Función Pública y de Planificación y Presupuesto, podrá, con sujeción a lo que disponga la normativa del Estado, de carácter básico, para el sector público durante el año 2017:
a) Modificar el límite establecido en el apartado anterior, fijando la tasa de reposición de efectivos que será de aplicación durante 2017.
b) Establecer la forma en que se ha de calcular y aplicar la tasa de reposición de efectivos.
3. La oferta de empleo público de los sectores que se determinen, en su caso, con arreglo a lo establecido en el apartado anterior se aprobará por el Gobierno, a iniciativa de los departamentos u organismos competentes y a propuesta de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad. Además, será necesario el informe previo de la Dirección General de Planificación y Presupuesto, con el fin de valorar la repercusión en los costes de personal.
4. Las plazas que se convoquen con fundamento en ofertas de empleo público de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, o de sus organismos autónomos, deberán estar dotadas en los créditos iniciales del capítulo 1 «Gastos de personal», e incluir necesariamente las desempeñadas por funcionarios interinos, salvo que se decida su amortización.
5. Las convocatorias de plazas de nuevo ingreso correspondientes a la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, o a sus organismos autónomos, que se realicen con fundamento en la tasa de reposición que determine el decreto a que se refiere el apartado 2, o en ofertas de empleo público anteriores al año 2017, requerirán el previo informe favorable de la Consejería de Hacienda.
6. Las propuestas de creación o modificación de puestos de la plantilla orgánica de los órganos judiciales y fiscales deberán ser informadas, antes de su tramitación, por la Dirección General de Planificación y Presupuesto, con el fin de valorar las repercusiones presupuestarias.
7. Sin perjuicio de lo previsto en el apartado 2, los puestos de personal laboral correspondientes a la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias o a sus organismos autónomos, incluidos en la tasa de reposición de efectivos, se destinarán, preferentemente, a la ejecución de sentencias judiciales firmes que declaren el carácter indefinido, no fijo de plantilla, de una relación laboral, siempre que el coste de esta esté consignado en el presupuesto.
8. En el mes de enero, las direcciones generales de Relaciones con la Administración de Justicia, de Recursos Humanos del Servicio Canario de la Salud y de Personal de la Consejería de Educación y Universidades, deberán enviar a las direcciones generales de la Función Pública y de Planificación y Presupuesto la relación de plazas que hayan quedado vacantes en sus respectivos sectores en 2016 y de los nombramientos de funcionarios interinos o contrataciones de personal temporal para la cobertura de plazas vacantes dispuestos o formalizadas en dicho año.
La información correspondiente al sector de administración general se confeccionará por la Dirección General de la Función Pública, y deberá enviarse también a la Dirección General de Planificación y Presupuesto en el mes de enero.
Nosotros y nosotras le preguntamos:
*Si en el 2015 se convocó de carácter urgente el 23 de abril, ¿por qué ahora no?.
*Si en Madrid, Andalucía y Galicia se convocan, siendo las dos primeras las principales, ¿por qué en Canarias no?
*¿Por qué dijo en aquella mesa sectorial del 25 de noviembre que había oposiciones con tanta seguridad?
*Seguro que no se ha detenido a pensar el daño que nos ha hecho a muchísima gente, ¿verdad que no?
*¿Se imagina que le hubiese pasado lo mismo en el momento que usted se preparó?
*Si ya hay base legal, ¿por qué el miércoles 19 de abril, en la mesa técnica que tiene la Consejería de Educación y Universidades no replantea este tema?
*¿Quién nos va a devolver el tiempo y el dinero invertido en algo que usted aseguró desde el 25 de noviembre, Sr. Director General de Personal?
*¿Qué pasará en el 2019 cuando, supuestamente, vaya a convocar oposiciones en Canarias y llegue el EFECTO LLAMADA?
*¿Cómo va a cubrir esas plazas que quedan libres? ¿Va a utilizar una lista de empleo que no se ha actualizado desde el 2009?
*¿Cree que podemos confiar en usted?
SOMOS UN GRUPO DE PERSONAS QUE SEGUIREMOS LUCHANDO HASTA EL FINAL.
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